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Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza

A partir del 10 de septiembre de 2015, por disposición de la Ley 1753 de 2015, el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza, es administrado por las Cámaras de Comercio del país.

Este registro tiene como objeto dar publicidad a las entidades operadoras de libranza o descuento directo que cumplan con los requisitos para la inscripción establecidos en la ley, y a las cuales se les haya asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional

¿Qué es una entidad operadora de libranza?

Es la persona jurídica o patrimonio autónomo conformado en desarrollo del contrato de fiducia mercantil que realiza operaciones de libranza o descuento directo, por estar autorizada legalmente para el manejo del ahorro del público o para el manejo de los aportes o ahorros de sus asociados, o aquella que, sin estarlo, realiza dichas operaciones disponiendo de sus propios recursos o a través de mecanismos de financiamiento autorizados por la ley. En estos casos deberá estar organizada como Instituto de Fomento y Desarrollo (Infis), sociedad comercial, sociedades mutuales, o como cooperativa, y deberá indicar en su objeto social la realización de operaciones de libranza, el origen lícito de sus recursos y cumplir con las demás exigencias legales vigentes para ejercer la actividad comercial. Estas entidades operadoras estarán sometidas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades.

¿Qué se debe hacer para obtener el RUNEOL?

Estas entidades deberán solicitar  a la Cámara de Comercio la anotación electrónica de su inscripción, actualización, renovación o cancelación voluntaria a través del servicio electrónico disponible en el Registro Único Empresarial y Social RUES, en la página web www.rues.org.co, para el uso de la plataforma los operadores de libranza deberán crear previamente una cuenta de usuario que permita validar su acceso al servicio así como verificar la identidad del sujeto que realiza la transacción.

¿Cuáles son los requisitos que debo cumplir para obtener el RUNEOL?

  • Diligenciar totalmente los campos del formulario electrónico dispuesto para tal efecto.
  • Adjuntar copia digital del certificado de vigencia del contrato con bancos de datos de información financiera, crediticia y de servicios, donde se acredite la obligación de reportar la información a dichas entidades, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1527 de 2012.
  • Las sociedades comerciales y los Institutos de Fomento y Desarrollo Regional – INFIS, deberán contemplar explícitamente en su objeto social la realización de operaciones de libranza, el origen lícito de sus recursos y cumplir con las demás exigencias legales vigentes.
  • Las entidades operadoras de libranza que por su naturaleza jurídica o su régimen especial no se inscriben en el Registro Mercantil o en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro de las Cámaras de Comercio, deberán acreditar su existencia y representación legal con el certificado o documento equivalente expedido por la entidad que reconoce su personería jurídica, con una vigencia no superior a treinta (30) días

Paso a paso para registrarse y para renovar

Ingresar al portal web del Registro Único Nacional de Operadores de Libranza (Runeol) luego haga clic en el botón Registrarse.

Diligenciar el formulario único electrónico de solicitud de anotación electrónica de inscripción, modificación, renovación y cancelación en el Runeol.

Adjuntar los documentos según corresponda.

Acceder al RUNEOL